Las compañías tendrán que mostrar en su web las facturas que tengan pendientes de pago o que estén fuera de plazo
El proyecto de ley de Creación y Crecimiento Empresarial tiene, según el borrador del Gobierno, el objetivo de fomentar el crecimiento y la productividad de las empresas a través de distintas medidas que inciden, sobre todo, en las pymes. Ahora, el Ejecutivo ha dado un paso más allá y ha anunciado una nueva enmienda por la cual dentro de esta ley se contemplará la obligatoriedad para las grandes empresas de revelar en su página web el volumen monetario y el número de facturas pagadas fuera del plazo legal, tal como informa Europa Press.
De esta manera, la coalición del PSOE y Unidas Podemos endurece la previsión legal que funciona hasta este momento, en la cual se contempla la obligatoriedad para las compañías de publicar su período medio de pago a proveedores. Esta última medida acordada por las formaciones del Gobierno incluye, además, el impulso de sanciones a las empresas que contraten con la Administración y no cumplan esta ley en hasta el 50% de los contratos.
Asimismo, según la enmienda a la que ha tenido acceso Europa Press, las empresas cotizadas y las que, aun no siendo cotizadas no presenten sus cuentas anuales abreviadas, deberán especificar tanto en su web como en la memoria de sus cuentas anuales el detalle de su cumplimiento con la Ley de Morosidad.
¿Qué empresas deberán publicar sus facturas?
En la enmienda presentada por el Gobierno, se prevé que las empresas que deben acatar este requisito son aquellas que, al menos, cumplan dos de estos requisitos: contar con activos por más de 4 millones de euros, una cifra de negocio superior a los 8 millones y más de 50 empleados.
De esta manera, las compañías deberán especificar el volumen monetario y número de facturas pagadas en el plazo legal y el porcentaje que suponen sobre el número total de facturas y sobre el total de pagos a sus proveedores. Todo ello, con el objetivo de revelar el grado de incumplimiento de las sociedades morosas.
Por otro lado, las formaciones del Gobierno han esgrimido que esta nueva propuesta busca ligar de forma efectiva la información que proporcionan las empresas con el cumplimiento de la ley, algo que, tal como argumentan, no veían logrado con el requisito del período medio de pago.
La nueva normativa
La nueva normativa impulsada por el Gobierno «pretende conseguir el impulso de la inversión productiva, la innovación y la modernización de las empresas, con reformas normativas para mejorar el clima de negocios e impulsar el emprendimiento en todo el territorio».
Este Anteproyecto de ley, de hecho, se enmarca en el componente 13, objetivo de impulso a la PYME, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia puesto en marcha tras la crisis causada por la pandemia de la COVID-19.
Dentro de los aspectos más destacados de la norma se encuentra, para empezar, que «se podrá crear una Sociedad de Responsabilidad Limitada con un capital social de tan solo un euro, frente a los 3.000 euros actuales». Asimismo, «se introducen reformas para facilitar la constitución de forma rápida, ágil y telemática de las Sociedades de Responsabilidad Limitada, a través del Centro de Información y Red de Creación de Empresas».
Por otro lado, «se promueve el uso de la factura electrónica en operaciones entre empresas y autónomos como medida de digitalización empresarial y como mecanismo de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales» y se incorporan incentivos «para reducir la morosidad comercial, incluyéndose el período medio de pago como requisito de acceso a subvenciones y como causa de resolución y condición penalizable en la contratación pública».
Al mismo tiempo, se pretende profundizar «en la cooperación y confianza mutua entre las diferentes Administraciones públicas y se refuerza las ventanillas en las que las empresas pueden reclamar cuando consideran que las Administraciones no cumplen los principios de buena regulación económica».
Finalmente, «se amplía el catálogo de actividades económicas exentas de licencia, incorporándose al listado estatal las actividades que se hayan considerado inocuas por la menos una Comunidad Autónoma» y «se refuerzan los instrumentos específicos para financiar el crecimiento empresarial, flexibilizando los mecanismos de financiación alternativa como el crowdfunding, la inversión colectiva y el capital riesgo».