Casi un 40% de las mujeres trabaja en sectores en los que la caída de la remuneración de los asalariados ha sido mayor durante la pandemia, bien por despidos, por prolongación durante muchos meses de los ERTE o por recibir unos salarios más bajos al reducirse la actividad.
Así lo refleja el informe ‘Género y desigualdad laboral: La brecha salarial como indicador agregado’, de los economistas Reyes de Blas y Bruno Estrada, presentado este jueves por la Fundación Alternativas.
Aunque aún no hay datos sobre la evolución de los salarios por género durante 2020, los expertos señalan que se pueden extrapolar conclusiones provisionales a partir de resultados de evolución sectorial de la remuneración de los asalariados, que se ha reducido en un 6,3% de media anual en 2020, según la Contabilidad Nacional Trimestral de España (CNTR) del INE.
Así, el informe destaca que el grupo que más ha visto reducir la remuneración de los asalariados durante 2020 en relación con 2019 ha sido el compuesto por comercio, transporte y hostelería, con un 16,3%. En el sector del comercio al por menor, las mujeres representan el 61,6% del empleo del sector, y en hostelería, el 51,5%.
El segundo grupo en el que más se ha reducido la remuneración de los asalariados en 2020 ha sido el de actividades artísticas, recreativas, de entretenimiento y otros servicios (incluidas las empleadas de hogar), donde lo ha hecho en un 12,1%. En estos sectores las mujeres representan un 68% del total de ocupados.
Según el Joint Research Centre de la Comisión Europea, estos dos sectores mencionados, que cerraron sus actividades durante las medidas estrictas de confinamiento de la primavera de 2020 (y que en gran medida han visto restringida su actividad con posterioridad) y en los que hay una presencia laboral mayoritaria de mujeres, tenían un salario que representaba el 63,3% del salario medio de España.
Por el contrario, los sectores que han podido desarrollar el teletrabajo durante la pandemia, con presencia mayoritariamente masculina, tenían un salario un 43% superior al salario medio.
En términos de desempleo, el paro entre las mujeres en el cuarto trimestre de 2020 se ha incrementado hasta el 18,3%, mientras que el de los hombres solo lo ha hecho hasta el 14,2%. La «precaria» posición de miles de mujeres «en los márgenes del mercado laboral» ha hecho que «en gran medida fueran ellas las primeras en perder su empleo».
El estudio también remarca que las mujeres han estado laboralmente más expuestas que los hombres durante la pandemia, ya que los dos sectores en los que más seroprevalencia se ha observado durante la pandemia, según datos del Ministerio de Sanidad, han sido el personal sanitario -un 17% frente a una media nacional del 10%- y las mujeres que cuidan personas dependientes a domicilio -un 16,3%-.
En este sentido, el informe recuerda que la presencia de mujeres es absolutamente mayoritaria en el sector de actividades sanitarias y servicios sociales, un 76,5% del total de ocupados.
El cuidado de hijos empeora sus condiciones laborales en pandemia
Los expertos aseguran que la crisis de la Covid-19 ha afectado laboralmente en mayor medida a las mujeres por su «mayor precariedad» laboral; su «mayor exposición» al riesgo debido a su concentración sectorial en actividades sanitarias y de cuidado de persona; y la «mayor dedicación» al cuidado de los hijos, lo que «ha agravado» el deterioro de su situación laboral tanto en las situaciones de confinamiento como de teletrabajo.
La mayor dedicación de las mujeres al cuidado de los hijos ha empeorado sus condiciones de trabajo en la pandemia, tanto en el periodo de confinamiento estricto entre marzo y mayo de 2020, al tener que compatibilizar la atención continua de los menores con el teletrabajo y las tareas domésticas, como posteriormente, con menos opciones de actividades de ocio para los niños y asumiendo con mayor frecuencia la atención a cierres escolares o cuarentenas preventivas ante casos positivos.
En términos generales, el estudio concluye que la brecha salarial de género «sigue siendo amplia y persistente» en España, ya que los últimos datos disponibles muestran una ganancia salarial masculina un 27% más alta que la femenina.
Las mujeres trabajaron en 2020 más a tiempo parcial que los hombres
Asimismo, los expertos observan un «claro sesgo» en el empleo por tipo de jornada, ya que menos de un 7% de los hombres trabajaron a tiempo parcial en 2020, frente a cerca de un 23% de las mujeres.
Además, el trabajo a tiempo parcial, en general involuntario en España, se asocia las actividades y ocupaciones de menor salario. Esto significa una doble precariedad, que «afecta en mayor medida a las mujeres extranjeras».
Los resultados de la brecha salarial de género por edades y nivel educativo indican, según afirma el informe, que ésta «no puede atribuirse a diferencias en capital humano». En este contexto, el estudio destaca que las mujeres que trabajan tienen, en términos agregados, un mayor nivel de formación que los hombres.
Concretamente, en el grupo de personas trabajando con titulación superior, las mujeres suponen un 52% del total. Por otro lado, en el grupo de edad de 25 a 29 años, donde las diferencias en experiencia laboral no existen, en el mismo nivel de formación y en trabajos y tareas similares, sigue habiendo brecha salarial de género.
En este sentido, la investigación refleja que incluso entre el colectivo de personas con estudios superiores, las diferencias en salarios entre hombres y mujeres están «muy lejos de eliminarse».
En referencia a la conciliación, el informe subraya que un tercio de las mujeres que trabajan con hijos menores actúan modificando en algún sentido su empleo para atenderlos, el doble que los varones; y casi el 92% de las mujeres lleva a cabo diariamente tareas domésticas, frente a un 75% de los varones y con una dedicación media de tiempo dos horas mayor que la de los varones.
Del mismo modo, el estudio apunta que eran mujeres el 87% de quienes dejaron de trabajar para cuidar hijos en 2018. La mayoría de las veces (el 57%), la interrupción fue únicamente la correspondiente al permiso parental; pero destaca que casi 900.000 mujeres dejaron su empleo (sin excedencia, permiso o similar) para cuidar a los hijos, con dificultades posteriores para su incorporación al mercado de trabajo.
Contemplando la trayectoria laboral de 20 a 64 años, las mujeres estaban de media 3.000 días fuera del empleo frente a 2.000 los hombres (8,2 frente a 5,5 años), y sólo en interrupciones de larga duración, 2.500 frente a 1.500 días (6,8 frente a 4,1 años).
TUE dice que igualdad salarial entre hombres y mujeres debe aplicarse para un mismo trabajo o «de igual valor»
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha señalado este jueves que la igualdad de retribución entre hombres y mujeres cabe aplicarse ante el desempeño de un mismo trabajo o «de igual valor», ante la denuncia de unos trabajadores, parte de ellos mujeres, de supermercados en Reino Unido por falta de igualdad salarial.
El órgano jurisdiccional suspendió el procedimiento sobre las demandas presentadas por los trabajadores masculinos, por estimar que su resultado dependía del resultado de las demandas de las partes demandantes en el litigio principal, de sexo femenino.
En su sentencia, el tribunal con sede en Luxemburgo asegura que el Tratado de Funcionamiento de la UE no se limita a las situaciones en las que los trabajadores de distinto sexo comparados
efectúen un ‘mismo trabajo’, sino que también se hace extensivo a las situaciones de ‘trabajo de
igual valor’.
El caso se remonta a la denuncia en 2018 de un grupo de trabajadores de la red de distribución de Tesco, que alegan que su trabajo y el de los trabajadores masculinos empleados por Tesco tienen igual valor y que tienen derecho a comparar su trabajo con el de esos trabajadores, aunque dicho trabajo se realice en establecimientos distintos.
A este respecto, el TUE indica que si las condiciones de retribución puedan atribuirse a una fuente única, el trabajo y la retribución de estos trabajadores pueden compararse aun cuando estos trabajen en establecimientos distintos. En consecuencia, defiende que esta disposición puede invocarse ante los órganos jurisdiccionales nacionales.